Micelio

Artículo 32

Determinantes Sociales De Salud Y Protección Cultural

Decreto 480 de 2025 · por el cual se establece e implementa el Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural (SISPI) como la política de Estado en salud para los pueblos indígenas de Colombia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Determinantes sociales de salud y protección cultural. Para garantizar el goce efectivo del derecho a la salud de los pueblos indígenas de Colombia, el Estado en coordinación con las Autoridades Indígenas de los Territorios Indígenas, incidirá de manera complementaria e interdependiente sobre los determinantes sociales de la salud, considerando las condiciones colectivas, familiares e individuales de vida de los habitantes de los Territorios Indígenas. Para los efectos de este artículo se reconocen como determinantes sociales en salud los siguientes factores priorizando la protección cultural y la participación de los pueblos indígenas los cuales serán financiados por las entidades del orden nacional y territorial en el marco de las competencias de cada sector

a)

Calendarios propios de cada pueblo, en concordancia con sus sistemas de cono­cimiento indígena;

b)

Definiciones que cumplan orientaciones culturales de acuerdo con los Sistemas de Conocimiento Indígenas; e) Acceso al agua potable y a condiciones sanitarias adecuadas; d) Derecho a vivienda digna y manejo adecuado de excretas, acordes con las deter­minaciones culturales en la materia; e) Seguridad y soberanía alimentaria, que incluye la accesibilidad y suficiencia de alimentos sanos, nutritivos y culturalmente relevantes; f) Condiciones de trabajo dignas, seguras y sanas de acuerdo con las determinantes culturales en la materia; g) Ambiente sano y protección del medio ambiente; h) Acceso al transporte; i) Acceso a la educación propia e intercultural; j) Los pueblos con tradición lingüística podrán identificarla como determinante cultural; k) Aquellas que determine cada pueblo en el ejercicio de su autonomía de acuerdo con sus sistemas de conocimiento y sus mecanismos de identificación y defini­ción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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