Micelio

Artículo 20

Son Funciones Generales De Los Jefes De Las Secciones Técnicas: A) Responder Ante El Jefe De La División Respectiva Por El Cumplimiento De Sus Funciones; B) Dirigir Y Coordinar Los Trabajos Que Ha De Desarrollar La Sección; C) Estudiar Los Problemas Y Necesidades De La Sección; D) Presentar Programas De Trabajo Al Jefe De La División Respectiva, De Acuerdo Con La Orientación General; E) Asistir Al Jefe De La División Respectiva En El Conocimiento Y Análisis De Los Problemas Relacionados Con Las Funciones Propias De La Sección; F) Intervenir En El Comité De Coordinación De La División Respectiva; G) Rendir Al Jefe De La División Respectiva Informes Periódicos Sobre Las Labores Desarrolladas Y Los Resultados Obtenidos Por La Sección; H) Preparar El Anteproyecto Anual De Presupuesto Para La Sección

Decreto 1652 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Fomento, y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones generales de los Jefes de las Secciones Técnicas

a)

Responder ante el Jefe de la División respectiva por el cumplimiento de sus funciones;

b)

Dirigir y coordinar los trabajos que ha de desarrollar la Sección;

c)

Estudiar los problemas y necesidades de la Sección;

d)

Presentar programas de trabajo al Jefe de la División respectiva, de acuerdo con la orientación general;

e)

Asistir al Jefe de la División respectiva en el conocimiento y análisis de los problemas relacionados con las funciones propias de la Sección;

f)

Intervenir en el Comité de Coordinación de la División respectiva;

g)

Rendir al Jefe de la División respectiva informes periódicos sobre las labores desarrolladas y los resultados obtenidos por la Sección;

h)

Preparar el anteproyecto anual de presupuesto para la Sección. VII. - De La División de Comercio Exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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