Micelio

Artículo 2

º

Decreto 937 de 1999 · Por el cual se deroga una disposición

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de junio de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO. El Ministerio del Interior, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho, Néstor Humberto Martínez Neira. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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