Micelio

Artículo 1

Fíjanse Los Siguientes Gravámenes Arancelarios A Las Subpartidas Del Arancel De Aduanas Que A Continuación Se Señalan: Subpartida Grav

Decreto 722 de 1996 · por el cual se introducen algunas modificaciones en el arancel de aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Fíjanse los siguientes gravámenes arancelarios a las subpartidas del arancel de aduanas que a continuación se señalan: Subpartida Grav. (%) 2205.90.00.00 20 2206.00.00.00 20 2402.10.00.00 20 2402.90.00.00 20 3824.60.00.00 15 4802.60.10.00 10 4802.60.20.00 10 4811.39.40.00 5 4811.40.10.00 5 5311.00.00.00 20 7209.15.00.00 10 7210.61.00.00 10 7210.69.00.00 10 7210.70.10.00 10 7210.70.90.00 10 8524.32.00.00 15

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 722 de 1996