Horas dentro de las cuales se practica. Los allanamientos y registros de que habla el Artículo anterior se practicarán entre las cinco de la mañana y las siete de la noche. Pero podrán verificarse en otras horas cuando el dueño, morador o vigilante lo consientan, o cuando se trate de casas de juego o de prostitución o de lugar abierto al público como fonda, café, teatro, etc., o cuando se trate de flagrante delito o haya urgente necesidad de practicar la diligencia.
Decreto 1345 de 1970 →Vigente
Artículo 345
Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.