Micelio

Artículo 22

Decreto 1423 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Salud Pública y se le adscriben los negocios de que debe conocer

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Administración de Entidades Asistenciales

a)

Responder ante el Jefe de la División de Asistencia Pública por el cumplimiento de sus funciones;

b)

Dar normas técnicas y administrativas para el adecuado funcionamiento de hospitales generales, psiquiátricos e infantiles; clínicas, asilos, ancianatos, centros de invalidez y rehabilitación, y entidades de asistencia. En el caso de entidades que tengan Sección especializada en el Ministerio, tal cosa debe hacerse en coordinación con dicha Sección;

c)

Elaborar el proyecto de distribución de fondos entre las entidades asistenciales, de acuerdo con el plan de descentralización de los servicios y los respectivos contratos;

d)

Estudiar el actual sistema legal de ingresos de las entidades asistenciales y proponer su reforma o tecnificación, según el caso;

e)

Fijar los requisitos y condiciones que deben llenar las entidades hospitalarias y asistenciales públicas y privadas;

f)

Dar normas, en coordinación con el Departamento Administrativo Nacional de estadística y con la Sección de Organización y Métodos, para unificar los sistemas y formularios estadísticos y el control y registro de que llevan las entidades asistenciales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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