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Artículo 17

Las Pensiones De Que Habla El Aparte D) Del Artículo 4º De Este Reglamento Se Discriminan Así: A) Viuda No Invalida El 25% Del Salario Básico

Decreto 2623 de 1950 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Riesgos Profesionales (accidentes del trabajo y enfermedades profesionales).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las pensiones de que habla el aparte d) del artículo 4º de este reglamento se discriminan así

a)

Viuda no invalida el 25% del salario básico.

b)

Viuda o viudo inválidos 30% del salario básico.

c)

Huérfanos de padre o madre menores de catorce años o inválidos el 15% del salario básico, a cada uno.

d)

Huérfanos de padre y madre menores de catorce años o inválidos el 25% del salario básico, a cada uno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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