°. Precio. Las acciones objeto del presente programa de venta, tendrán las siguientes condiciones de precio
Las acciones que se vendan de acuerdo con el ordinal 1 del artículo 3 del presente Decreto a un precio fijo de treinta y dos mil seiscientos diez pesos ($32.610) cada una;
Las acciones que se vendan de acuerdo con el ordinal 2 del artículo 3 del presente Decreto a un precio base de treinta y dos mil seiscientos diez pesos ($32.610) cada una. Dicho precio se ajustará mensualmente a una tasa equivalente al índice de precios al consumidor certificado por el DANE. El ajuste se hará a partir del primer día del mes siguiente a la fecha en la cual expire la vigencia de la oferta mencionada en el ordinal 1 del artículo 3 y hasta el último día del mes anterior a aquél dentro del cual vaya a tener lugar la venta de las acciones requeridas en el presente ordinal.