Art. 1.° Autorizase al Poder Ejecutivo pare que nombre una Comisión científica que examine los trabajos del señor Joaquín Díaz Escobar, relacionados con la jeografía, topografía i estadística del Territorio de Casanare, con los medios de desarrollar la industria de él, favorecer la navegación de sus ríos, reducir las tribus salvajes a la vida civilizada, promover la inmigración, mejorar la administración pública, especialmente en la parte financiera; con los medios de combatir las causas que se oponen al progreso de aquella importante rejion, i sobre todo, con el procedimiento seguro e infalible de combatir las fiebres i los motivos de insalubridad de aquellos climas, i hacerlos sanos i habitables sin inconveniente alguno.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.