Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1º De Enero De 1987, El Valor Del Punto Para El Personal Técnico-Científico Del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Que Venía Prestando Sus Servicios Al Centro Interamericano De Fotointerpretación, Será De Quinientos Setenta Y Ocho Pesos ($ 578

Decreto 167 de 1987 · por el cual se fija el valor del punto para el personal Técnico - Cientifico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, que venía prestando sus servicios al Centro Interamericano de Fotointerpretación y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 1º de enero de 1987, el valor del punto para el personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, que venía prestando sus servicios al Centro Interamericano de fotointerpretación, será de quinientos setenta y ocho pesos ($ 578.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 167 de 1987