º . Modificase el artículo 12 del Decreto 1126 de 1999, cuyo texto quedará así: " Artículo 12 . Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes
Coordinar y controlar la ejecución de los programas y actividades relacionados con las competencias financieras, del talento humano, de contratación y de servicios administrativos.
Dirigir y controlar la política institucional en las áreas de presupuesto, contabilidad y tesorería del Ministerio.
Velar por el registro oportuno de las operaciones presupuestales, de tesorería y de contabilidad del Ministerio, de acuerdo con los sistemas y normas vigentes.
Dirigir todas las acciones necesarias relacionadas con el manejo del presupuesto, la contabilidad y la tesorería del Ministerio, y coordinar lo relativo a la expedición de los actos administrativos relacionados con estos manejos.
Velar por que la contabilidad general, la ejecución presupuestal y el registro de contratos, se cumplan de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.
Dirigir los estudios necesarios, los análisis y proyecciones sobre el comportamiento de los ingresos y gastos, la ejecución presupuesta¡ y los estados financieros que conforman el sistema contable del Ministerio.
Adelantar las acciones y trámites necesarios relacionados con el presupuesto y la contabilidad del Ministerio, ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y demás organismos estatales.
Dirigir la elaboración y ejecución de los Programas Anuales de Compras y de Caja del Ministerio.
Coordinar todas las acciones necesarias para adelantar los procesos de contratación y velar por el correcto desarrollo de los contratos celebrados por el Ministerio.
Coordinar la actividad contractual para el fomento y estímulo de la creación y la investigación de las artes y la cultura y para las actividades de promoción y conservación del patrimonio cultural de la Nación a través de los Fondos Mixtos para la promoción de la Cultura y las Artes y demás gestores culturales, de conformidad con lo previsto en el artículo 36 y concordantes de la Ley 397 de 1997.
Dirigir, coordinar, y evaluar las actividades relacionadas con proveedores, la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventarios de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el funcionamiento normal del Ministerio, velando especialmente para que se cumplan las normas vigentes sobre la materia.
Velar por el mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes muebles e inmuebles necesarios para el funcionamiento interno del Ministerio.
Dirigir la prestación de los servicios de archivo y correspondencia, servicios generales, de comunicaciones internas y externas en el Ministerio.
Velar por el estricto cumplimiento de las normas de carrera administrativa y de administración del talento humano en general.
Trazar las políticas y programas de administración, bienestar social, selección, registro y control, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su ejecución.
Proyectar o expedir, según corresponda, los actos administrativos, certificaciones y demás documentos relacionados con la administración del talento humano.
Adelantar ante otras entidades, públicas y privadas, las gestiones necesarias para asegurar el cumplimiento de las normas que rigen la administración del talento humano.
Velar porque los archivos de personal se mantengan actualizados y con las medidas de seguridad necesarias.
Coordinar la función disciplinaria y velar porque la misma se cumpla de conformidad con el Código Unico Disciplinario.
Velar por el funcionamiento del área de Atención al Usuario y la atención de Quejas y Reclamos.
Presentar los informes que le correspondan o que le sean solicitados.
Fijar en coordinación con las áreas respectivas, los derechos, cuando corresponda, por la emisión de documentos y publicaciones del Ministerio.
Fijar en coordinación con las áreas respectivas, los derechos a cargo de los usuarios por la utilización de bienes y servicios culturales, cuando corresponda.
Realizar el diagnóstico general de la entidad y proponer las decisiones tendientes a mejorar la calidad de los servicios, el cumplimiento de las funciones asignadas al Ministerio de Cultura y optimizar el uso de los recursos disponibles para modernizar y tecnificar la entidad, en todo lo relacionado con la informática.
Coordinar con las demás dependencias del Ministerio, la elaboración, manejo y desarrollo del banco de proyectos culturales, así como las estadísticas del sector cultural y la implementación del Sistema de Información Cultural.
Definir, ejecutar y evaluar las políticas, estrategias y el Plan General de Sistemas e Informática del Ministerio de Cultura, de acuerdo con los requerimientos de sus dependencias.
Realizar las investigaciones tecnológicas y proponer las modificaciones necesarias a la plataforma de acuerdo con los requerimientos del Ministerio.
Coordinar los procesos para implementar los sistemas de información para el desarrollo de la misión del Ministerio.
Dirigir, mantener actualizados y controlar los sistemas de información para el desarrollo de la misión del Ministerio y diseñar los programas de capacitación que sobre la materia requieran los funcionarios del Ministerio.
Salvaguardar los archivos, registros, equipos de cómputo del Ministerio y velar por la actualización de sus licencias y derechos.
Procesar y generar la información necesaria para la realización de planes, programas y proyectos para apoyar la toma de decisiones.
Las demás que le sean asignadas según su naturaleza."