Micelio

Artículo 2

Una Vez Conformadas Las Respectivas Comisiones Locales De Seguridad, Comodidad Y Convivencia En El Fútbol, Las Mismas Deberán Sesionar De Manera Ordinaria, Una Vez Por Semana

Decreto 1267 de 2009 · por el cual se reglamenta el artículo 7° de la Ley 1270 de 2009.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Una vez conformadas las respectivas Comisiones Locales de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, las mismas deberán sesionar de manera ordinaria, una vez por semana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1267 de 2009