Micelio

Artículo 157

Reserva De Carga Para Buques Fletados O Arrendados

Decreto 2324 de 1984 · Por el cual se organiza la Dirección General Marítima y Portuaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reserva de carga para buques fletados o arrendados . Los buques fletados o arrendados con el cum plimiento de las disposiciones anteriores, obtienen el beneficio. de la reserva de carga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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