Micelio

Artículo 2.2.2.48.3.2

Infraestructura

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Infraestructura y recursos. En desarrollo de lo previsto en el literal b) del artículo 29 de la Ley 527 de 1999, la entidad de certificación deberá contar con un equipo de personas, una infraestructura física, tecnológica y unos procedimientos y sistemas de seguridad, tales que:

1.

Puedan generar las firmas digitales y electrónicas propias y que además, les permita prestar todos los servicios para los que soliciten la acreditación.

2.

Se garantice el cumplimiento de lo previsto en la Declaración de Prácticas de Certificación (DPC).

3.

Se pueda calificar el sistema como confiable de acuerdo con lo señalado en el artículo 2.2.2.51.1.4 del presente decreto.

4.

Los certificados expedidos por las entidades de certificación cumplan con:

Lo previsto en el artículo 35 de la ley 527 de 1999, y

Los estándares técnicos nacionales e internacionales vigentes que cumplan con los criterios específicos de acreditación que para el efecto establezca el ONAC.

5.

Se garantice la existencia de sistemas de seguridad física en sus instalaciones, un monitoreo permanente de toda su planta física, y acceso restringido a los equipos que manejan los sistemas de operación de la entidad.

6.

El manejo de la clave privada de la entidad esté sometido a un procedimiento propio de seguridad que evite el acceso físico o de otra índole a la misma a personal no autorizado.

7.

Cuente con un registro de todas las transacciones realizadas, que permita identificar el autor de cada una de las operaciones.

8.

Los sistemas que cumplan las funciones de certificación solo sean utilizados con ese propósito y por lo tanto no puedan realizar ninguna otra función.

9.

Todos los sistemas que participen directa o indirectamente en la función de certificación estén protegidos por sistemas y procedimientos de autenticación y seguridad de conformidad con los estándares nacionales e internacionales vigentes y con los criterios específicos de acreditación que para el efecto establezca el ONAC.

(Decreto 333 de 2014, artículo 11)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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