Micelio

Artículo 1

Ley 25 de 1927 · Por la cual se autoriza al Gobierno para reorganizar el Ministerio de Industrias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tal reorganización deberá llevarse a cabo por medio de la división del Ministerio en departamentos, y éstos en secciones, para colocar técnicos al frente de aquéllos, de suerte que se disponga de un personal idóneo y experimentado que haga la labor ejecutiva más rápida y más eficaz.

Parágrafo

Esta autorización durará hasta el 20 de julio de 1928, y comprende la facultad de crear y suprimir oficinas, fijar el personal y los sueldos dentro de la suma total que se apropie en el Presupuesto para los gastos de dicho Ministerio y señalar funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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