Micelio

Artículo 6

Las Acciones Se Dividirán En Dos Series, Que Se Denominarán Acciones De La Serie "a", Las Que Suscriba El Gobierno Nacional, Y Acciones De La Serie "b", Las Que Suscriban Las Demás Entidades O Personas Previstas En El Artículo Anterior

Decreto 936 de 1964 · Por el cual se reglamenta la Ley 16 de 1963, y se adoptan los estatutos del Instituto de Fomento Industrial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las acciones se dividirán en dos series, que se denominarán acciones de la serie "a", las que suscriba el gobierno nacional, y acciones de la serie "b", las que suscriban las demás entidades o personas previstas en el Artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 936 de 1964