Modifícanse los numerales 1, 2 y 5 del artículo 37 del Decreto 4048 de 2008 modificado por el artículo 4° del Decreto 2360 de 2009, los cuales quedan así: "1. Apoyar el cumplimiento de las órdenes de registro expedidas por los Subdirectores de Gestión de Fiscalización Tributaria, Aduanera, de Derechos de Explotación y de Control Cambiario y por los Directores Seccionales, en desarrollo de las labores de control tributario, aduanero, cambiario y de derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar explotados por entidades públicas del nivel nacional. 2. Apoyar los operativos de control a la facturación y de fiscalización de tributos y derechos de explotación y demás acciones que soliciten las Subdirecciones de Gestión de Fiscalización Tributaria y de Derechos de Explotación, en coordinación con el Director de Gestión de Fiscalización, en todo el territorio nacional. 5. Apoyar las funciones de Policía Judicial de las áreas de gestión de fiscalización tributaria, aduanera, de derechos de explotación y de control cambiario, respecto de los delitos fiscales e infracciones al régimen de aduanas y cambiario y en el ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico de competencia de la DIAN, ejerciéndolas en los términos previstos en la ley, en coordinación con la Fiscalía General de la Nación".
Decreto 1321 de 2011 →Vigente
Artículo 19
Modifícanse Los Numerales 1, 2 Y 5 Del Artículo 37 Del Decreto 4048 De 2008 Modificado Por El Artículo 4° Del Decreto 2360 De 2009, Los Cuales Quedan Así: "1
Decreto 1321 de 2011 · por el cual se modifica y adiciona el Decreto 4048 de 2008, relacionado con la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.