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Artículo 10

Subdirección De Estructuración

Decreto 2556 de 2015 · por el cual se modifica la estructura de la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Estructuración . Son funciones de la Subdirección de Estructuración, las siguientes

1.

Elaborar los planes de acción para la formulación y estructuración de los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social que adelante la Agencia en desarrollo de su objeto.

2.

Identificar y proponer iniciativas de proyectos susceptibles de estructuración, y realizar las evaluaciones socioeconómicas, el análisis costo-beneficio y de elegibilidad, para establecer el potencial de las mismas.

3.

Diseñar los modelos de operación para la formulación y estructuración técnica, financiera y jurídica de los proyectos a cargo de la Agencia, a través de esquemas de asociaciones público privadas, concesiones, convenios, contratos o cualquier otro mecanismo legal habilitado para el efecto.

4.

Realizar la formulación y estructuración técnica, financiera y jurídica de los proyectos a cargo de la Agencia en sus distintas fases, recomendando el mejor mecanismo y estrategia de financiación.

5.

Gestionar la financiación de los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social que adelante la Agencia en desarrollo de su objeto.

6.

Promover y gestionar convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales para la formulación, estructuración y ejecución de los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social que adelante la Agencia en desarrollo de su objeto, atendiendo los lineamientos impartidos por la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, APC - Colombia.

7.

Evaluar la normatividad urbanística aplicable a los predios ubicados en los proyectos a cargo de la Agencia y proponer alternativas de regulación que permitan optimizar los alcances y los beneficios de los proyectos.

8.

Controlar y hacer seguimiento a las variables de presupuesto, cronograma e indicadores de gestión del proceso de estructuración de los proyectos a cargo de la Agencia.

9.

Prestar los servicios de evaluación, formulación y estructuración de las iniciativas de proyectos que le sean solicitados por otras entidades.

10.

Formular los proyectos de inversión de la Agencia de acuerdo con los parámetros que para el efecto defina el Departamento Nacional de Planeación.

11.

Emitir concepto previo y favorable dentro del proceso de aprobación y registro de proyectos de inversión en el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión, cuando se trate de proyectos relacionados con la adquisición de terrenos o la construcción o adquisición de edificaciones para sedes administrativas de los órganos y entidades del orden nacional, de acuerdo con la priorización que efectúe la Agencia.

12.

Realizar seguimiento a la estructuración de los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura a cargo de la dependencia.

13.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del sistema integrado de gestión institucional y la observancia de las recomendaciones en el ámbito de su competencia.

14.

Las demás que le sean asignadas de conformidad con lo establecido en la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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