º . El Comité de Apoyo Técnico, Jurídico y de Seguimiento de que trata el Decreto 1689 de 1997 estará integrado de la siguiente manera: El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, quien lo presidirá. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado. El Ministro de Transporte o su delegado. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública o su delegado.
La representación al Comité de Apoyo Técnico, Jurídico y de Seguimiento sólo podrá ser delegada en el Víceministro, Directores, o Jefes de Oficina Jurídica. Actuará como secretario del mismo el Coordinador General del Grupo Interno del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la Gestión del Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia.
Una vez instalado el Comité procederá a expedir su propio reglamento.