Micelio

Artículo 15

Ley 21 de 1990 · por la cual se profesionaliza la actuación, dirección escénica y el doblaje en radio y televisión.Declarado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Comunicaciones vigilará por el cumplimiento de lo establecido en los dos artículos anteriores e impondrá las sanciones a que haya lugar por el incumplimiento.

Parágrafo

El Instituto Nacional de Radio y Televisión tomará las medidas conducentes para hacer efectiva la sanción que imponga el Ministerio de Comunicaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 21 de 1990