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Artículo 38

Son Funciones De Las Secciones De Cobranzas Y Ejecuciones: A) Adelantar Tanto Por La Vía Persuasiva Como Por Jurisdicción Coactiva,, Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes

Decreto 2871 de 1968 · Por el cual se organiza la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de las Secciones de Cobranzas y Ejecuciones

a)

Adelantar tanto por la vía persuasiva como por jurisdicción coactiva,, conforme a las disposiciones legales vigentes. el cobro de los diferentes impuestos exigibles en el territorio de su jurisdicción, y de otras zonas para cuyo recaudo haya sido comisionada;

b)

Promover el recaudo de la cartera por cobrar en las Recaudaciones de Impuestos Nacionales, y

c)

Las demás que le asignen la ley y el Administradores Impuestos Nacionales. 1.10 De las Secciones de Recursos Tributarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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