Micelio

Artículo 1

La Planta De Personal Del Vicariato Castrense De La Secretaría General Del Ministerio De Defensa Nacional Conforme A Lo Dispuesto En Los Decretos-Leyes Números 2335 De 1971 Y 122 De 1976, Quedará Así: A

Decreto 926 de 1977 · Por el cual se determina la planta de personal del Vicariato Castrense

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La planta de personal del Vicariato Castrense de la Secretaría General del Ministerio de Defensa Nacional conforme a lo dispuesto en los Decretos-leyes números 2335 de 1971 y 122 de 1976, quedará así: a.1 Vicario Castrense Delegado (Obispo). b. Sección Pastoral. 1 Jefe de Sección. Hasta Mayor de Culto o Sacerdote no escalafonado hasta Especialista Asesor Primero. 1 Mecanotaquígrafo. Hasta Especialista Primero. 1 Auxiliar de Servicios Generales. Hasta Auxiliar Primero. c. Cancillería 1. Canciller.- Hasta Mayor de Culto o Sacerdote no escalafonado hasta Especialista Asesor Primero. 1 Secretario. Hasta Sargento Mayor o Especialista Primero. 1 Mecanógrafo. Hasta Adjunto Jefe. 1 Oficinista. Hasta Adjunto Jefe. 2 Auxiliares de Servicios Generales. Hasta Auxiliar Primero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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