ARTICULO 28 . Son funciones de la Oficina Escuela Nacional de Aduanas
Elaborar el plan de capacitación de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, de acuerdo con las necesidades y políticas aprobadas por el Director General de Aduanas;
Desarrollar y coordinar los programas y cursos de capacitación que deban efectuarse, en especial los relacionados con clasificación arancelaria valoración y legislación aduanera;
Presentar oportunamente la información de capacitación requerida para las propuestas de aplicación de los beneficios otorgados por el Comité Fondo de Gestión;
Coordinar con las universidades y entidades nacionales e internacionales la realización de cursos de capacitación para funcionarios, intermediarios y usuarios del servicio aduanero y efectuar los trámites correspondientes;
Propender por el adecuado nivel de formación académica de los funcionarios y su permanente actualización en materia aduanera mediante el estudio, análisis y discusión de temas de especial interés;
Desarrollar mecanismos de intercambio de experiencias y conocimientos en materia aduanera con otros países y organismos internacionales;
Coordinar interna y externamente programas especiales de actualización;
Expedir los certificados de capacitación respectivos, e
Elaborar el Plan de Actividades de la Oficina de la Escuela Nacional de Aduanas para aprobación del Subdirector General de Aduanas.