Artículo único . Adscríbense al Ministerio de Hacienda los asuntos del Canal y Ferrocarril de Panamá. En consecuencia, desde esta fecha pasarán á dicho Ministerio todos los antecedentes relativos á esos negociados, los cuales han vendido á cargo del Despacho de Relaciones Exteriores.
Decreto 186 de 1898 →Vigente
Artículo 1
Decreto 186 de 1898 · Por el cual se adscriben al Ministerio de Hacienda los asuntos del Canal y Ferrocarril de Panamá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.