Art. 3.° Todas las obras públicas de la ciudad de Bogotá en que el Gobierno interviene, ó para cuya construcción contribuye, quedan sujetas a la dirección del expresado Sr. Cantini.
Decreto 413 de 1887 →Vigente
Artículo 3
Decreto 413 de 1887 · Sobre organización del servicio de obras públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.