Micelio

Artículo 2

En Consecuencia De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Todo El Personal Que Preste Sus Servicios En Dichas Dependencias, Sea Cual Fuere Su Actividad, Quedará Sometido A La Disciplina Y Régimen Militares Y, Por Tanto, A Las Normas Del Código Penal Militar

Decreto 1897 de 1953 · Por el cual se militariza el personal de las aduanas y puertos marítimos y terrestres de carácter internacional que funcionan dentro del país y se adiciona el Decreto número 1814 de 10 de junio de 1953

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, todo el personal que preste sus servicios en dichas dependencias, sea cual fuere su actividad, quedará sometido a la disciplina y régimen militares y, por tanto, a las normas del Código Penal Militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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