°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el artículo 2° del Decreto 2256 de 1991.
Decreto 1190 de 2009 →Vigente
Artículo 2
Vigencia
Decreto 1190 de 2009 · por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 2256 del 4 de octubre de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.