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Artículo 9

La Corporación O Funcionario A Quien Corresponda La Provisión En Propiedad, Designará Al Interino Entre Quienes Reúnan Los Requisitos Constitucionales Y Legales Propios Del Cargo Y Dentro De Ellos Seguirá Este Orden: 1

Decreto 250 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de la Carrera Judicial y del Ministerio Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La corporación o funcionario a quien corresponda la provisión en propiedad, designará al interino entre quienes reúnan los requisitos constitucionales y legales propios del cargo y dentro de ellos seguirá este orden

1.

Funcionarios de carrera del grado inmediatamente inferior.

2.

Funcionarios de servicio de ese grado.

3.

Funcionarios de carrera de grados inferiores.

4.

Funcionarios de servicio de esos grados.

5.

Personas extrañas a la carrera y al servicio. Igual orden se seguirá para la provisión en propiedad cuando debiendo hacerse por concurso éste no se haya realizado o se haya agotado la lista.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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