Micelio

Artículo 2.6.1.1.3.3.5

Prohibiciones

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prohibiciones. Se prohíbe a todos los servicios de vigilancia y seguridad privada que tengan autorizados medios caninos, prestar el servicio en lugares cerrados, tales como centros comerciales, conjuntos residenciales, estadios y demás sitios, que a criterio de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, ofrezcan riesgo para la seguridad ciudadana.

Parágrafo

Se entiende por lugares cerrados las áreas delimitadas que tengan controladas sus salidas y/o con una alta concentración de personas.

(Decreto 2187 de 2001 artículo 15)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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