Instrumentos básicos del Plan Nacional de Promoción y Estímulo a la mujer rural y otros planes a nivel regional . En desarrollo del artículo 10 de la Ley 581 de 2000 , deberá tenerse especial consideración dentro de los Instrumentos básicos del Plan Nacional de Promoción y Estímulo a la Mujer, a que los mismos satisfagan prioritariamente los intereses y necesidades de las mujeres rurales de bajos ingresos.
Así mismo, los gobiernos departamental, distrital y municipal deberán formular y llevar a cabo planes específicos de igualdad de oportunidades, promoción y estímulo para las mujeres rurales, para lo cual tendrán en cuenta la opinión de las organizaciones que las agrupan.