Micelio

Artículo 4

Las Ofrendas Florales Serán Colocadas En El Altar Del Mausoleo Y El Jarrón Contral

Decreto 2478 de 1949 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre el Mausoleo Militar de la ciudad de Bogotá.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las ofrendas florales serán colocadas en el altar del Mausoleo y el jarrón contral. Por ningún motivo en las bóvedas. El Capellán General queda autorizado para solicitar de las diferentes reparticiones de la Brigada de Institutos Militares al Mausoleo una ofrenda floral como recuerdo a los compañeros muertos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2478 de 1949