Micelio

Artículo 4

Decreto 340 de 1973 · Por el cual se establece la planta de personal de la Superintendencia Nacional de Cooperativas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Les actuales empleados que fueren designados en cargos con sueldos inferiores a los que estén devengando en el momento de incorporarse a la planta establecida en el presente Decreto, continuarán devengando el sueldo anterior hasta cuando se retiren c pasen a otro cargo, pero las primas de antigüedad se computarán sobre los sueldos básicos. Cuando el cargo quede vacante, la persona que entre a ocuparlo recibirá el sueldo señalado en este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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