º En caso de que en ellas referidas certificaciones conste que el peticionario ha dejado de rendir cuentas o fuere deudor al tesoro nacional, la demanda de auxilio será negada, hasta tanto no se compruebe que se halla a paz y salvo con la Nación.
Decreto 866 de 1926 →Vigente
Artículo 4
En Caso De Que En Ellas Referidas Certificaciones Conste Que El Peticionario Ha Dejado De Rendir Cuentas O Fuere Deudor Al Tesoro Nacional, La Demanda De Auxilio Será Negada, Hasta Tanto No Se Compruebe Que Se Halla A Paz Y Salvo Con La Nación
Decreto 866 de 1926 · Por el cual se reglamenta la Ley 82 de 1912, en relación con los empleados de manejo de los ramos Postal y Telegráfico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.