Micelio

Artículo 4

Auméntase A Las Cárceles Que En Seguida Se Expresan, El Número De Guardianes Que Señala El Presupuesto, En La Siguiente Forma, Desde El 1° De Enero Del Corriente Año: Cárcel Del Circuito De Socorro, 3 Guardianes Cárcel Del Circuito De Cúcuta, 10 Guardianes Cárcel Del Circuito De Quibdó, 8 Guardianes

Decreto 327 de 1929 · Por el cual se fija el personal directivo y de custodia en las Cárceles de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Auméntase a las Cárceles que en seguida se expresan, el número de Guardianes que señala el Presupuesto, en la siguiente forma, desde el 1° de enero del corriente año: Cárcel del Circuito de Socorro, 3 Guardianes Cárcel del Circuito de Cúcuta, 10 Guardianes Cárcel del Circuito de Quibdó, 8 Guardianes. Para atender al probable aumento de Guardias en algunas Cárceles, treinta y seis (36) Guardianes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 327 de 1929