Micelio

Artículo 31

No Podrán Formar Parte Del Personal Directivo, Administrativo O Docente De Una Universidad, Las Personas Comprendidas En Los Artículos 2º Y 3º Del Decreto Legislativo Número 0434 De 1º De Marzo De 1956

Decreto 19 de 1957 · por el cual se fijan normas para la fundación y funcionamiento de establecimientos universitarios, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No podrán formar parte del personal directivo, administrativo o docente de una Universidad, las personas comprendidas en los artículos 2º y 3º del Decreto legislativo número 0434 de 1º de marzo de 1956.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 19 de 1957