Micelio

Artículo 38

Decreto 1530 de 2008 · por el cual se modifica parcialmente y se adiciona el Decreto 2685 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia y derogatorias . El presente decreto entra a regir el primero (1º) de julio de 2008, previa su publicación, y deroga los artículos 277, 282, 285, 286, 287, 288, 327, el numeral 3.5 del artículo 483 y el numeral 2.2.2 del artículo 497 del Decreto 2685 de 1999.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1530 de 2008