Las partidas necesarias para el cumplimiento de esta Ley se incluirán en el Presupuesto de las próximas vigencias, y para la reconstrucción de las universidades se incluirá la de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250,000). Estos gastos se declaran de necesidad imprescindible. En defecto de la apropiación, el Gobierno abrirá los créditos administrativos correspondientes sin audiencia del Consejo de Estado.
Ley 11 de 1927 →Vigente
Artículo 15
Ley 11 de 1927 · Por la cual se autoriza al Gobierno para comprar lotes de terreno y construir los edificios para la Universidad Nacional, y se dictan otras disposiciones sobre instrucción pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.