° Las asignaciones específicas de fondos de contrapartida a los Ministerios y Departamentos administrativos se ajustarán a las clausulas estipuladas en los contratos generales de empréstitos externos, aprobados por la Comisión Interparlamentaria. En consecuencia, el Ministro de Hacienda y el representante de la entidad prestamista celebrarán un contrato destinando la partida correspondiente al proyecto o programa específico respectivo. Tales fondos deberán ingresar al Presupuesto Nacional.
Decreto 2041 de 1966 →Vigente
Artículo 2
Las Asignaciones Específicas De Fondos De Contrapartida A Los Ministerios Y Departamentos Administrativos Se Ajustarán A Las Clausulas Estipuladas En Los Contratos Generales De Empréstitos Externos, Aprobados Por La Comisión Interparlamentaria
Decreto 2041 de 1966 · por el cual se reglamenta el artículo 5º de la Ley 12 de 1965. 12 de 1965.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.