Micelio

Artículo 14

En Caso De Que Sea Solicitado Un Permiso Al Consejo De Monumentos Nacionales Para El Cambio De Ubicación De Monumentos Públicos Destinados A Permanecer En Sitios Determinados Con Carácter Conmemorativo, O Para Hacer En Ellos Reparaciones O Reformas, Se Deberá Demostrar La Necesidad De Dicho Traslado, Reparación O Reforma

Decreto 264 de 1963 · Por el cual se reglamenta la Ley 163 de 1959 sobre defensa y conservación del patrimonio histórico, artístico y monumentos públicos de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de que sea solicitado un permiso al Consejo de Monumentos Nacionales para el cambio de ubicación de monumentos públicos destinados a permanecer en sitios determinados con carácter conmemorativo, o para hacer en ellos reparaciones o reformas, se deberá demostrar la necesidad de dicho traslado, reparación o reforma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 264 de 1963