Micelio

Artículo 4

º El Presupuesto De La Oficina De Deportes Del Ministerio De Educación Será Adicionado En Lo Sucesivo Y A Partir De La Vigencia De 1958, Con La Partida Indispensable Para Atender Los Gastos De Preparación Y Desarrollo De Los Juegos Nacionales Deportivos Universitarios, Creados Por El Presente Decreto, El Cual Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

Decreto 274 de 1957 · Por el cual se crean los Juegos Nacionales Deportivos Universitarios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El presupuesto de la Oficina de Deportes del Ministerio de Educación será adicionado en lo sucesivo y a partir de la vigencia de 1958, con la partida indispensable para atender los gastos de preparación y desarrollo de los Juegos Nacionales Deportivos Universitarios, creados por el presente Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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