º El presupuesto de la Oficina de Deportes del Ministerio de Educación será adicionado en lo sucesivo y a partir de la vigencia de 1958, con la partida indispensable para atender los gastos de preparación y desarrollo de los Juegos Nacionales Deportivos Universitarios, creados por el presente Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.
Decreto 274 de 1957 →Vigente
Artículo 4
º El Presupuesto De La Oficina De Deportes Del Ministerio De Educación Será Adicionado En Lo Sucesivo Y A Partir De La Vigencia De 1958, Con La Partida Indispensable Para Atender Los Gastos De Preparación Y Desarrollo De Los Juegos Nacionales Deportivos Universitarios, Creados Por El Presente Decreto, El Cual Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 274 de 1957 · Por el cual se crean los Juegos Nacionales Deportivos Universitarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.