Micelio

Artículo 1

Ley 20 de 1966 · Por la cual se fijan unas asignaciones y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 7 de agosto de 1966, las asignaciones del Presidente de la República serán de quince mil pesos ($ 15.000.00) de sueldo, y cinco mil pesos ($ 5.000.00) mensuales de gastos de representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 20 de 1966