§. Los que no acepten la condicion de que trata este artículo, quedan sometidos a las disposiciones respectivas del Código penal "sobre delitos contra el orden público;" i a las ordenanzas militares, los que se encuentren en el caso 3.° del artículo 2.°
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.