Micelio

Artículo 7

Ley 138 de 1960 · Por la cual se fomenta la industria agropecuaria en las providencias de occidente y Ricaurte, en el Departamento de Boyacá, y en el Municipio de Labateca, en el Departamento Norte de Santander, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno Nacional para organizar empresas similares a las contempladas en la presente Ley en las zonas fruteras del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 138 de 1960