Micelio

Artículo 2

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 1486 de 2024 · Por el cual se modifica la Parte 7 del Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relativo a la modalidad de juegos de suerte y azar – rifas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 2.7.3.2. del Decreto número 1068 de 2015, el cual quedará así: Artículo 2.7.3.2. Prohibiciones . Está prohibida la realización de rifas de carácter permanente, entendidas como aquellas que realicen los gestores personas naturales o jurídicas, por sí o por interpuesta persona, en más de dos (2) fechas al mes, para uno o varios sorteos y para la totalidad o parte de los bienes o premios a que se tiene derecho a participar por razón de la rifa. Las boletas físicas o electrónicas que se emitan para desarrollar las rifas no podrán contener series, ni estar fraccionadas. Se prohíbe la rifa de bienes usados y las rifas con premios en dinero. Está prohibida la operación y venta manual de rifas, salvo que las boletas sean· emitidas por una terminal de venta electrónica.

Parágrafo 1

Los concesionarios del juego de apuestas permanentes, las entidades que operen la Lotería tradicional o de billetes y los gestores se encuentran habilitados para realizar como máximo dos (2) rifas al mes, siempre y cuando estén previa y debidamente autorizados para el efecto por la autoridad competente.

Parágrafo Transitorio

El gestor podrá solicitar directamente a la entidad competente la aprobación y/o autorización de rifas cuyas boletas sean físicas con venta manual mientras se encuentre vigente el periodo de transición previsto en la presente modificación. Los requisitos serán los previstos en el presente reglamento y el procedimiento corresponderá al que disponga cada entidad competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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