Micelio

Artículo 13

Coordinación De Actividades En El Sistema De Vivienda De Interés Social

Decreto 540 de 1998 · por el cual se reglamentan los artículos 58 de la Ley 9ª de 1989 y 95 de la Ley 388 de 1997 en materia de transferencia gratuita de bienes fiscales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coordinación de actividades en el sistema de vivienda de interés social . Las entidades públicas nacionales que sean titulares de predios a los que sea aplicable el artículo 58 de la Ley 9ª de 1989, deberán coordinar sus actividades dentro del Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social. En desarrollo de lo anterior el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, prestará asistencia técnica a las entidades que lo soliciten, para lo cual podrá celebrar los respectivos convenios en los cuales se señalarán las actividades que cumplirá este Instituto, las cuales podrán incluir la realización de las citaciones, la práctica de las inspecciones correspondientes, verificar la situación del inmueble y los demás actos de trámite que sean necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 540 de 1998