Las entidades públicas del orden nacional en cuyos presupuestos se incorporen partidas destinadas a la ejecución de proyectos del PLANTE, deberán coordinar con el Director del PLANTE la elaboración del programa anual de caja correspondiente a dichas partidas. La ejecución de las mismas tendrá especial prioridad dentro de los proyectos de inversión de tales entidades. Las solicitudes de modificación o distribución de las mencionadas partidas presupuestales, deberán ser concertadas previamente con el Director del PLANTE.
Decreto 472 de 1996 →Vigente
Artículo 12
Decreto 472 de 1996 · por el cual se crea el Programa Presidencial "PLANTE" y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.