Cuando el investigador no hallare mérito para formular cargos, o encontrare admisibles los descargos del inculpado, dispondrá el archivo del expediente mediante auto motivado, del cual se dará noticia escrita al acusado, al quejoso y, en su caso, al funcionario informante.
Artículo 184
Cuando El Investigador No Hallare Mérito Para Formular Cargos, O Encontrare Admisibles Los Descargos Del Inculpado, Dispondrá El Archivo Del Expediente Mediante Auto Motivado, Del Cual Se Dará Noticia Escrita Al Acusado, Al Quejoso Y, En Su Caso, Al Funcionario Informante
Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.