Micelio

Artículo 1

Ley 86 de 1888 · Por la cual se da una autorización al Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1º Autorízase al Gobierno para que organice los servicios de Correos y Telégrafos de manera que se refundan en un solo Departamento.

En esta Oficina habrá un Jefe que se llamará Director general de Correos y Telégrafos y un Subjefe que será Subdirector del Departamento, con las ásignaciones anuales de tres mil y mil ochocientos pesos ($ 3,000 Y $ 1,800) respectivamente, que se considerarán incluídos en los respectivos Presupuestos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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