Artículo g). Quedan derogados los Artículos 53, 54, 84, 92, 107, 135, 136, 137, 140, 151, 167, 174, 175, 191, 196, 197 y 207 de la Constitución, y sustituidos o reformados los que sean contrarios al presente Acto legislativo.
Acto_legislativo 1 de 1945 →Vigente
Artículo g
Acto_legislativo 1 de 1945 · ACTO LEGISLATIVO 1 DE 1945, 18/06/1945, Por el cual se confieren algunas atribuciones al director de la policía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.