Micelio

Artículo 8

º Toda Persona Que Habite En El Territorio Nacional Podrá Solicitar Ante El Ministerio De Comunicaciones Autorización Para La Utilización Del Espectro Radioeléctrico Destinado A La Instalación Y Funcionamiento De Redes Privadas De Telecomunicaciones, De Conformidad Con Las Normas Y Procedimientos Previstos En Este Decreto

Decreto 930 de 1992 · por el cual se reglamenta el establecimiento de redes privadas de telecomunicaciones y la utilización del espectro radioeléctrico destinado a estos efectos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Toda persona que habite en el territorio nacional podrá solicitar ante el Ministerio de Comunicaciones autorización para la utilización del espectro radioeléctrico destinado a la instalación y funcionamiento de redes privadas de telecomunicaciones, de conformidad con las normas y procedimientos previstos en este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 930 de 1992